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Prestaciones

Las prestaciones de Elkarkidetza tienen carácter complementario a las pensiones de la Seguridad Social Pública y son de:

  1. Jubilación
  2. Incapacidad Permanente
  3. Viudedad
  4. Orfandad
  5. Fallecimiento

Las prestaciones se harán efectivas mediante una pensión mensual vitalicia, calculada en función de los Derechos Económicos existentes al momento de causar la prestación.

El Derecho Económico estará constituido por el ahorro capitalizado más, en los casos así establecidos en el Reglamento de Prestaciones, el capital asegurado.

  1. El ahorro capitalizado se constituye por las cuotas destinadas a ahorro abonadas por el socio y su Institución, más los rendimientos generados.
  2. El capital asegurado, cubierto por la cuota destinada a las contingencias de Incapacidad Permanente y Fallecimiento, es un complemento al ahorro capitalizado.